LOS DEUDORES TIENEN VARIAS OPCIONES ANTE LA EMERGENCIA
Gobierno Nacional presenta Plan de Auxilios Educativos para beneficiarios de ICETEX
24/03/2020
Ante la declaratoria de emergencia económica, social y ecológica, el presidente de la República, Iván Duque Márquez, expidió el Decreto 467 de Marzo 23 de 2020, por el cual se dictan medidas de urgencia en materia de alivios para beneficiarios del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior – ICETEX.
La norma habilita a la entidad para otorgarles auxilios a quienes así lo requieran. Este plan comprende el otorgamiento de beneficios como período de gracia en cuotas vigentes, reducción transitoria de tasa de intereses al IPC, ampliación de plazos en los planes de amortización, además de otorgamiento de nuevos créditos para el segundo semestre del 2020 sin deudor solidario para cerca de 100.000 beneficiarios.
De esta manera, se les da prioridad a quienes se enfrentan a condiciones de vulnerabilidad por motivos de discapacidad, género, condición socio-económica, disminución temporal o definitiva de su fuente de ingresos, o problemas de salud derivados de la ocurrencia de la pandemia COVID-19 en el territorio nacional.
El plan de Auxilios Temporales contempla entonces 4 medidas principales:
- Período de gracia en cuotas de créditos vigentes: Disponible para todos los usuarios con obligaciones vigentes o para aquellos que apenas inician la realización de sus pagos. Quienes se acojan a esta medida no pagarán las cuotas pactadas en las fechas previstas, sino que su plan de pagos se ampliará en el mismo número de meses o de cuotas en que se aplique el auxilio.
- Reducción transitoria de intereses al valor del IPC: Los beneficiarios de estratos 3, 4, 5 y 6 podrán solicitar la reducción transitoria de intereses al IPC en los créditos vigentes durante la vigencia del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. Esta medida implica una reducción de la tasa, quedando equivalente al IPC (3,80%) durante la vigencia del Plan de Auxilios Educativos Coronavirus COVID-19. Esta medida no aplica para los beneficiarios de los estratos 1 y 2 quienes ya disfrutan del beneficio de tasa subsidiada por la Nación.
- Ampliación de plazos en los planes de amortización: Esta medida puede ser solicitada por todos los beneficiarios con créditos vigentes. Para los créditos de mediano plazo, la amortización se ampliará hasta en el doble del período inicial de pagos y para los créditos de largo plazo, la amortización se ampliará hasta el 50% del plazo original. La ampliación del plazo conduce a una disminución del valor de la cuota de pago mensual.
- Otorgamiento de nuevos créditos para el segundo semestre de 2020 sin deudor solidario: Esta medida permitirá que los beneficiarios que solicitarán por primera vez un crédito ante la entidad apliquen a una línea que no les exigirá como codeudor una persona natural o jurídica. En estos casos, la garantía de dichos créditos la asumirá el Fondo de Garantía Codeudor con cargo a los recursos asignados para ello.
Además de las medidas anteriores, se adoptaron otras acciones complementarias, que beneficiarán a la totalidad de los usuarios activos de la entidad:
- Suspensión de reportes a Centrales de Riesgo.
- Ampliación de los plazos de otorgamiento y renovaciones para créditos reembolsables y condonables.
- Modificación, para el 2020-2, de convocatorias para la participación de colombianos en programas internacionales.
- Póliza de salud activa para los extranjeros participantes en programas internacionales en Colombia.
¿Quiénes pueden acceder a estas medidas?
Se estima inicialmente que alrededor de 100.000 usuarios pueden beneficiarse del Plan de Auxilios Temporal. Quienes apliquen al mismo podrán acceder a uno (1) de estos auxilios durante el período de vigencia de la declaratoria de emergencia económica, social y ecológica o hasta que se agoten los recursos disponibles. Para ello, se tendrá en cuenta su condición socio económica e información adicional que permita priorizar los auxilios en personas con discapacidad, quienes hayan perdido el empleo o hayan contraído enfermedades asociadas al COVID-19, mujeres cabeza de hogar, en estado de embarazo, así como otras situaciones de especial interés.
¿Cómo acceder?
Quienes deseen solicitar los auxilios mencionados pueden hacerlo a través de una línea telefónica exclusiva, a la que se accede en los números 01 8000 916 821 en todo el país y 7467018 en Bogotá, y de acuerdo con la evaluación de la situación particular de cada solicitante, se le orientará sobre la medida que mejor aplica para su caso particular.
Otras medidas tomadas por la entidad para contener el contagio y garantizar la continuidad de la atención a la ciudadanía:
- Implementación de atención virtual 24 horas al día, 7 días a la semana y ampliación del número de agentes de servicio en el canal telefónico y virtual: https://bit.ly/2WFICpf
- Ampliación e los horarios de atención telefónica: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. – sábados de 8:00 a.m. a 6:00 p.m. – Línea telefónica en Bogotá: 417 3535 – Línea gratuita nacional: 01 8000 916 821.
- Digitalización de los procesos de aplicación a becas en el exterior, de renovaciones de fondos en administración y de PQRSD.
* Información tomada de www.icetex.gov.co
Anexo:
Conozca el Decreto 467 de Marzo 23 de 2020
Informes: Oficina de Comunicaciones y Prensa Universidad de Caldas. Teléfono: 8781500 Extensión: 12167
Redacción: Adriana Osorio García