Con el propósito de velar por la salud y el bienestar de la comunidad universitaria, la Vicerrectoría Académica recuerda que a pesar del retorno a la presencialidad y la eliminación del aforo máximo en los espacios públicos, es indispensable continuar con las medidas de bioseguridad y autocuidado.
Por lo anterior, la Vicerrectoría Académica retoma lo dispuesto por la vigente Resolución 777 de 2021 del Ministerio de Salud y de Protección Social, respecto al uso obligatorio del tapabocas en todos los lugares y ambientes, además de acatar las siguientes directrices:
- El uso del tapabocas en espacios cerrados se constituye en obligatoriedad para la comunidad universitaria, por lo anterior, las personas que no hagan un uso adecuado del tapabocas en estos espacios, deberán retirarse de los mismos.
- El uso correcto del tapabocas es el siguiente: Cubrir nariz y boca, para evitar el contagio. La colocación debe ser sobre la nariz y por debajo del mentón.
- En espacios como cafeterías, el tapabocas debe quitarse únicamente para comer y beber, procurando mantener una distancia física de al menos un metro. El tiempo restante el tapabocas debe permanecer cubriendo boca y nariz.
Conozca aquí la circular emitida por la Vicerrectoría Académica.
Informes: Oficina de Comunicaciones y Prensa Universidad de Caldas.
Redacción: Mateo Buriticá Giraldo