Modificación al Calendario Académico U. de Caldas

 

UNIVERSIDAD DE CALDAS

CONSEJO ACADÉMICO

 

ACUERDO No.10

(Acta 15 – 6 de junio de 2017)

“Por el cual se modifica el Acuerdo Nro. 29 de 2016,

modificado por el Acuerdo Nro. 06 de 2017 y adicionado por el  Acuerdo Nro.08 de 2017”

 

EL CONSEJO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DE CALDAS, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las conferidas en el Acuerdo 064 de 1997, artículo 24, literal i, y

 

comuni

CONSIDERANDO

 

Que el literal i) del artículo 24 del Estatuto General de la Universidad de Caldas (Acuerdo 064 de 1997-Consejo Superior), establece que entre las funciones que le corresponden al Consejo Académico se encuentra la de aprobar el Calendario Académico y sus modificaciones.

Que mediante Acuerdo Nro. 06 de 2017 se modificó el Acuerdo Nro. 29 de 2016 en lo referente a la fecha de finalización y fechas de inicio de los intersemestrales del primer periodo académico del año 2017, así como en lo relativo a recesos académicos, los cuales se fijaron a partir de Junio 12 hasta Junio 23 de 2017, por las razones expuestas en el acta 10 de la sesión del 12 de mayo de 2017.

 

Que mediante Acuerdo Nro. 08 de 2017 se introdujo un parágrafo al artículo cuarto del Acuerdo Nro. 029 de 2017, modificado por el artículo segundo del Acuerdo Nro. 06 de 2017, en el cual se estableció que la Oficina de Gestión Humana se encargaría de autorizar vacaciones a los docentes que tuvieran planeadas sus vacaciones de acuerdo a las fechas fijadas inicialmente por esta Corporación.

 

Que en razón al cese de actividades docentes de la Universidad de Caldas ocurrido el día 24 de mayo de 2017 y hasta el 06 de junio de 2017 a las dos de la tarde (2:00 pm), y con el propósito de otorgar garantías académicas, así como de favorecer la realización de jornadas institucionales acordadas con ocasión de la presentación del “PLIEGO DE REQUERIMIENTOS AL GOBIERNO NACIONAL Y A LA ADMINISTRACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE CALDAS”, resultado de “reuniones autónomas e independientes, pero a la vez en el marco de un proceso conjunto de construcción colectiva de consensos” de los diferentes “estamentos que componen las fuerzas vivas de la Universidad de Caldas”, se hace necesario modificar el Acuerdo 029 de 2016 en lo relativo a las fechas de inicio y finalización de clases así como a los recesos académicos.

ACUERDA

 

ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el artículo primero del Acuerdo 029 de 2016, en lo relativo a las fechas de inicio y finalización de clases, así como a los recesos académicos así:

 

La fecha de inicio y terminación de clases para los programas de PREGRADO PRESENCIAL será el siguiente:

 

      Primer periodo Segundo periodo Tercer periodo
INICIO Y FINALIZACIÓN DE CLASES Iniciación de clases Enero 23 (20 semanas) Julio 4 (7 semanas) Agosto 21 (18 semanas)
Terminación de clases con cierre de notas Junio 9 Agosto 18 Diciembre 15
    Reporte de notas Junio 16 Agosto 18 Diciembre 15

 

 

La fecha de inicio y terminación de clases para los programas de INGENIERÍAS, GEOLOGÍA Y DESARROLLO FAMILIAR será el siguiente:

 

INICIO Y FINALIZACIÓN DE CLASES Iniciación de clases Enero 23 (20 semanas) Julio 4 (7 semanas) Agosto 21 (18 semanas)
Terminación de clases con cierre de notas Junio 16 Agosto 18 Diciembre 15
 

 

 

Reporte de notas

Junio 23

 

Agosto 18

 

Diciembre 15

 

 

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar el artículo cuarto del Acuerdo 029 de 2016 así:

 

 

RECESOS ACADÉMICOS Vacaciones de docentes A partir de Junio 20 hasta Julio 1 de 2017 (inclusive) A partir de Diciembre 26 de 2017 hasta Enero 17 de 2018 (inclusive)
RECESOS ACADÉMICOS

INGENIERÍAS GEOLOGÍA Y DESARROLLO FAMILIAR

Vacaciones de docentes A partir de Junio 27 hasta Julio 8 de 2017 (inclusive) A partir de Diciembre 26 de 2017 hasta Enero 17 de 2018 (inclusive)

 

Parágrafo. La oficina de Gestión Humana podrá autorizar vacaciones a los docentes que demuestren haberlas planeado de confomidad con el calendario previsto antes de la modificación relizada mediante el presente Acuerdo, en los términos respectivos.

 

La autorización deberá estar precedida de oficio suscrito por el Decano correspondiente, con visto bueno del Director de Departamento y Vicerrector Académico, los cuales verificarán que el disfrute de las vacaciones no genere alteraciones al normal desarrollo académico.

 

 

ARTÍCULO TERCERO: Continuará vigente la competencia otorgada a la Vicerrectoría Académica para definir el calendario del programa de Medicina.

 

 

ARTÍCULO CUARTO: El calendario previsto en el presente acuerdo contempla la realización de jornadas institucionales, discontinuas, acordadas con ocasión de la presentación del “PLIEGO DE REQUERIMIENTOS AL GOBIERNO NACIONAL Y A LA ADMINISTRACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE CALDAS”, resultado de “reuniones autónomas e independientes, pero a la vez en el marco de un proceso conjunto de construcción colectiva de consensos” de los diferentes “estamentos que componen las fuerzas vivas de la Universidad de Caldas”.

 

 

ARTÍCULO QUINTO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Manizales, a los seis (06) días del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017).

 

 

 

 

FELIPE CESAR LONDOÑO LÓPEZ     JUAN GUILLERMO CORREA GARCÍA

Presidente                                                     Secretario

 

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