DEPARTAMENTO DE LENGUAS EXTRANJERAS VALIDARÁ LAS CERTIFICACIONES
Consejo Académico aclara a profesores cómo certificar su manejo de segunda lengua
Foto archivo / Prensa U. de Caldas |
20/03/2014
Redacción: Luisa Giraldo
Coordinadora contenidos de Intranet
El Consejo Académico de la Universidad de Caldas dio a conocer la modificación del Acuerdo 040 del 2013 mediante el cual señala que las certificaciones de las competencias en lengua extranjera deberán ser expedidas por entidades debidamente acreditadas.
La corporación señaló que quien aspire a participar como docente de la U. de Caldas deberá certificar comprensión lectora en un segunda lengua del nivel B1 del Marco Común Europeo.
Respecto a esta Reglamentación el consejo Académico acordó que estas competencias deberán ser acreditadas con cualquiera de las siguientes pruebas y sus equivalentes:
Inglés: MET, ITP, PET, TOEFL, IBT, MICHIHAN GVR o IELTS.
Francés: DELF, TEF, o TCF.
Portugués: CELPEBRAS.
Además, se aclara que “el Departamento de Lenguas Extranjeras de la Universidad de Caldas, conceptuará sobre la pertinencia de éstas, así como en la certificación de idiomas diferentes a los expuestos”.