UNIVERSIDAD DE CALDAS
CONSEJO ACADÉMICO
ACUERDO No.22
(Acta 20 – 26 de julio de 2017)
“Por medio del cual se modifica el Acuerdo No.29 de 2016, adicionado por el Acuerdo No.08 de 2017 y modificado por los Acuerdos No.06 de 2017, No. 10 de 2017, No. 14 y No.18 de 2017”
EL CONSEJO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DE CALDAS, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las conferidas en el Acuerdo 064 de 1997, artículo 24, literal i, y
CONSIDERANDO
Que el literal i) del artículo 24 del Estatuto General de la Universidad de Caldas (Acuerdo 064 de 1997-Consejo Superior), establece que entre las funciones que le corresponden al Consejo Académico se encuentra la de aprobar el Calendario Académico y sus modificaciones.
Que mediante Acuerdo No.29 de 2016 esta corporación aprobó el Calendario Académico para el año 2017.
Que mediante Acuerdo No.06 de 2017 se modificó el Acuerdo No.29 de 2016 en lo referente a la fecha de finalización y fechas de inicio de los intersemestrales del primer periodo académico del año 2017, así como en lo relativo a recesos académicos, los cuales se fijaron a partir de junio 12 hasta junio 23 de 2017, por las razones expuestas en el acta 10 de la sesión del 12 de mayo de 2017.
Que mediante Acuerdo No.08 de 2017 se introdujo un parágrafo al artículo cuarto del Acuerdo No.29 de 2016, modificado por el artículo segundo del Acuerdo No.06 de 2017, en el cual se estableció que la Oficina de Gestión Humana se encargaría de autorizar vacaciones a los docentes que tuvieran planeadas sus vacaciones de acuerdo a las fechas fijadas inicialmente por esta Corporación.
Que en razón al cese de actividades docentes de la Universidad de Caldas ocurrido el día 24 de mayo de 2017 y hasta el 06 de junio de 2017 a las dos de la tarde (2:00 pm), se modificó el Acuerdo No.29 de 2016 mediante el Acuerdo No.10 de 2017 en lo relativo a las fechas de inicio y finalización de clases y los recesos académicos, además con el propósito de otorgar garantías académicas, así como de favorecer la realización de jornadas institucionales.
Que en razón a la modificación realizada por el Acuerdo No. 10 de 2017 se hizo necesaria la modificación de las demás fechas establecidas en el artículo primero del Acuerdo No.29 de 2016, la cual se realizó mediante el Acuerdo No.14 de 2017.
Que mediante Acuerdo No.18 de 2017 se modificó el artículo primero del Acuerdo No.29 de 2016 en lo relativo a las fechas de inscripción de actividades académicas para la inscripción en línea y la preinscripción de actividades académicas, de acuerdo a solicitud de la Vicerrectoría Académica al Consejo Académico.
Que en la sesión ordinaria No.20 del Consejo Académico, se presentaron las siguientes solicitudes de modificación al Acuerdo No.29 del 2016:
- La representación estudiantil solicitó la modificación de las fechas de los reingresos del tercer periodo académico así: para los estudiantes que no realizaron actividades académicas intersemestrales establecer como nuevas fechas desde el 26 julio hasta el 3 de agosto a las 12 del mediodía, y para los estudiantes que realizaron actividades académicas intersemestrales hasta 3 días hábiles siguientes a finalizadas tales actividades y además autorizar para que la inscripción de las actividades del tercer periodo académico de estos últimos no tenga costo alguno.
- El Decano de la Facultad de Ciencias Agropecuarias mediante oficio 11806 dirigido al Consejo Académico, solicitó que las actividades académicas Sistemas de Producción de Cultivos del Programa de Ingeniería Agronómica y la Práctica en Producción del Programa de Medicina Veterinaria y Zootécnica inicien actividades académicas el 14 de agosto de 2017.
- Los Consejeros solicitaron modificar el parágrafo único del artículo primero, en el sentido de delegar a la Vicerrectoría Académica para autorizar excepcionalidades a las fechas del calendario académico de todos los programas de pregrado, con el fin de dar agilidad a las solicitudes de este tipo.
Que el Consejo Académico discutió y aprobó las anteriores solicitudes, y en razón a esto,
ACUERDA
ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el artículo primero del Acuerdo No.29 de 2016, en lo relativo a – Entrega de cartas de aprobación y documentos para matrícula en Registro Académico- y – Reingresos para los estudiantes que realizan intersemestrales- de los reingresos del tercer periodo 2017; la fecha de inicio de clases del tercer periodo 2017 para las actividades académicas Sistemas de Producción de Cultivos del Programa de Ingeniería Agronómica y la Práctica en Producción del Programa de Medicina Veterinaria y Zootécnica; y el parágrafo único, así:
4 | REINGRESOS | Entrega de cartas de aprobación y documentos para matrícula en Registro Académico (cuando aplique) | Julio 26 hasta agosto 3 (a las 12 del mediodía) |
Reingresos para los estudiantes que realizan intersemestrales | Hasta 3 días hábiles después de terminado el intersemestral |
Para las actividades académicas (i) Sistemas de Producción de Cultivos del Programa de Ingeniería Agronómica y (ii) Práctica en Producción del Programa de Medicina Veterinaria y Zootécnica
INICIO DE CLASES | Iniciación de clases | Agosto 14 |
Parágrafo único: Se delega en la Vicerrectoría Académica la autorización de excepcionalidades en fechas del calendario académico, que permitan el adecuado desarrollo de las actividades académicas de los programas de pregrado.
ARTÍCULO SEGUNDO: Autorizar el no pago de inscripción de actividades académicas del tercer periodo 2017 en la semana de adiciones, a los estudiantes que realizan reingreso después de finalizadas las actividades académicas intersemestrales.
ARTÍCULO TERCERO: Las demás disposiciones que no son objeto de la presente modificación, continúan vigentes en los términos indicados.
ARTÍCULO CUARTO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Manizales, a los veintiséis (26) días del mes de julio del año dos mil diez y siete (2017).
FELIPE CESAR LONDOÑO LÓPEZ JUAN GUILLERMO CORREA GARCÍA
Presidente Secretario