EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES DE LA UNIVERSIDAD DE CALDAS, en uso de las facultades que le confiere el Acuerdo 11 del 3 de mayo de 2005 del Consejo Superior y
CONSIDERANDO:
Que el Acuerdo N° 11 del 3 de mayo de 2005 del Consejo Superior; establece el Reglamento de monitorías de pregrado en docencia, investigación y proyección en las Facultades.
Que teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 1° del Acuerdo N° 11 del 3 de mayo de 2005 del Consejo Superior; autoriza a las Facultades y sus demás dependencias académicas para que realicen la selección de estudiantes de pregrado como monitores y señala los requisitos que deben cumplir los aspirantes.
Que mediante el Acuerdo 016 del 30 de junio de 2005 del Consejo Académico, se adjudicó el número de monitorías académicas para las Facultades, Biblioteca y Salas de Sistemas de la Universidad de Caldas.
Que el Consejo de Facultad en su sesión 23 del 17 de agosto de 2017 requirió a los directores de Departamento, previo estudio de necesidades con sus docentes, presentar las actividades académicas para las cuales se requiere la asignación de monitores de docencia durante el segundo período académico de 2017, para convocar y seleccionar veintiocho (28) estudiantes de pregrado de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales como monitores con pago.
Que el Consejo de Facultad en sesión 24 del 04 de septiembre de 2017, recibió de los directores de Departamento, la información sobre las actividades académicas para convocar monitorías y distribuyó las 28 monitorías asignadas mediante Acuerdo 016 del 30 de junio de 2005 del Consejo Académico, ratificando para cada Departamento el siguiente cupo:
- Departamento de Planeación, Desarrollo Territorial y Estudios Políticos: 1
- Departamento de Estudios de Familia: 3
- Departamento de Economía y Administración: 4
- Departamento de Historia y Geografía: 6
- Departamento de Antropología y Sociología: 6
- Departamento de Desarrollo Humano: 3
- Departamento de Jurídicas: 5
Total: 28
En mérito de lo anteriormente expuesto:
RESUELVE:
Artículo 1º. Convocatoria. Convocar a los estudiantes de pregrado de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales para la selección de veintiocho (28) monitorías de docencia pagas durante el segundo período académico de 2017, para las siguientes actividades académicas:
DEPARTAMENTO | ACTIVIDAD ACADÉMICA | CANTIDAD |
Departamento de Planeación, Desarrollo Territorial y Estudios Políticos | ||
Línea de profundización: Justicia y emergencia ambiental | 1 | |
Departamento de Estudios de Familia | 1. Organización Económica de la Familia
2. Economía y Familia 3. Teorías de Socialización y Familia |
3 |
Departamento de Economía y Administración | 1. -Fundamentos de Economía (2)
2. -Economía Colombiana 3. -Ingeniería Económica y Financiera
|
4 |
Departamento de Historia y Geografía | 1. -Geografía Humana
2. -Teoría de la Historia 3. -Teoría de la Geografía 4. -Historia Política de Colombia 5. -Historia de Colombia Precolombina 6. -Cartografía Básica |
6 |
Departamento de Antropología y Sociología | 1. Arqueología II
2. Laboratorio de bioantropología 3. Antropología biológica 4. Análisis, comprensión y redacción de textos sociológicos 5. Fundamentos de arqueología 6. Antropología urbana
Solicitudes monitorias ad-honorem
1. Marx II 2. Origen y evolución de la vida humana 3. Antropología y etnología de Colombia 4. Seminario fundamentos de sociología
|
6
4 Ad-honorem
|
Departamento de Desarrollo Humano | 1. -Metodologías de la Investigación Social
2. -Teorías y Procesos de Intervención con Grupo 3. -Fundamentos Teóricos, Disciplinares y Metodológicos del Trabajo Social. |
3 |
Departamento de Jurídicas | Se convocan todas las actividades académicas adscritas al Departamento de Jurídicas para la selección de 5 cupos de monitorías pagas | 5 |
Total monitorías pagas | 28 |
Artículo 2º. Aspirantes. Se podrán presentar como aspirantes para la adjudicación de las monitorías pagas convocadas en el artículo 1° de la presente resolución, los estudiantes que cumplan con los requisitos establecidos en el Acuerdo 11 del 3 de mayo de 2005 del Consejo Superior y en esta resolución.
Artículo 3°. Monitorías ad honorem. Se podrán presentar aspirantes a monitorías ad honorem para todas aquellas actividades académicas que así lo soliciten y distintas a las convocadas en el artículo 1º de la presente resolución y deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Acuerdo 11 del 3 de mayo de 2005 del Consejo Superior y en esta resolución.
Parágrafo 1: En caso de no completarse el cupo de monitores que fueron convocados mediante esta resolución, el Consejo de Facultad, en la sesión correspondiente, procederá a remplazarlas con aquellas monitorías ad honorem en estricto orden, determinado por las mejores calificaciones de las actividades académicas para las cuales se presentaron.
Parágrafo 2: Entiéndase por monitoría ad honorem aquella que tiene reconocimiento académico, pero que no está sujeta a pago en dinero por su cumplimiento durante el semestre académico.
Artículo 4º. Cronograma. Adoptar, para el desarrollo de la presente convocatoria, el siguiente cronograma:
ETAPA | FECHA Y HORA | LUGAR |
Publicación y difusión de la convocatoria | Del 08 al 15 de septiembre de 2017 | Carteleras de los programas, departamentos, fotocopiadora primer piso Sede Palogrande y decanatura |
Inscripción de aspirantes y recepción de documentos | Del 11 al 14 de septiembre de 2017, hasta el jueves 14/sept/ 3:00 p.m. | Secretaría de la decanatura de la Facultad |
Revisión de la documentación requerida en cumplimiento de los requisitos del Acuerdo 11 de 2005 del Consejo Superior | 15 de septiembre de 2017 | Decanatura de la Facultad |
Adjudicación de monitorías por parte del Consejo de Facultad | 18 de septiembre de 2017 | Sala de Consejos de la Facultad |
Publicación de resultados | 21 de septiembre de 2017 | Carteleras de los programas, departamentos, fotocopiadora primer piso Sede Palogrande y decanatura |
Artículo 5º. Requisitos. De conformidad con el Acuerdo 11 del 3 de mayo de 2005 del Consejo Superior, los requisitos que debe cumplir quien aspire a desempeñarse como monitor de docencia durante el segundo período académico de 2017, son los siguientes:
- Ser estudiante regular de la Universidad de Caldas y tener activa su matrícula. (Adjuntar copia del recibo de pago 2017-2).
- Entregar en la secretaría de la decanatura, el formato de inscripción en el cual se indique claramente la monitoría a la que aspira. (Este documento puede ser reclamado en la dirección de cada programa o adquirido en la fotocopiadora de la sede palogrande).
- Tener un promedio general acumulado igual o superior a tres punto siete cero (3.70) y una calificación igual o superior a cuatro punto cero (4.00) en la actividad académica en la cual aspira desempeñarse. (Adjuntar promedio acumulado hasta 2017-1).
- Tener aptitudes y competencias claramente demostradas en el área en la cual aspira realizar la monitoría de docencia, según la certificación que emita el profesor director de la actividad académica. (Adjuntar certificación del docente).
- No tener sanciones disciplinarias. (Adjuntar certificado del director del programa al que pertenezca).
- Fotocopia del documento de identidad.
Artículo 6º. Selección. Para la selección de los estudiantes de pregrado que serán monitores se tendrá en cuenta la nota superior obtenida por los interesados en la actividad académica a la cual aspiran desempeñarse.
Parágrafo 1: En caso de presentarse varios estudiantes para monitores en la misma actividad académica y cuyos requisitos se cumplan según la presente resolución en igual forma, se seleccionará al estudiante de mejor promedio académico acumulado.
Parágrafo 2: Los estudiantes que sean seleccionados como monitores de docencia no podrán ser becarios durante el mismo período académico (2017-2).
Artículo 7º. Publicación. Publicar la presente resolución en las carteleras de los programas, los departamentos y la decanatura de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Manizales a los ocho (08) días del mes de septiembre del año 2017
GABRIEL GALLEGO MONTES
Presidente