U. DE CALDAS UNIFICA RÉGIMEN SOBRE REPROBACIÓN DE ACTIVIDADES ACADÉMICAS
Conozca las nuevas disposiciones del Consejo Académico sobre la pérdida de asignaturas
11/8/2014
El Consejo Académico de la Universidad de Caldas unificó el régimen normativo aplicable a los estudiantes de la Institución que reprobaron en diferentes oportunidades la misma actividad académica. La decisión quedó consignada en el Acuerdo 20 de esta corporación, del 1 de agosto del 2014 (consúltelo aquí).
En este sentido, la U. de Caldas contaba con un régimen para estudiantes antiguos y otro para estudiantes nuevos, pero ahora la normativa se aplicará sin distinción del periodo académico en el que hayan ingresado a la institución y se reforzará el programa Permanencia con Calidad, que busca evitar la deserción estudiantil y es liderado por la Vicerrectoría Académica de la Institución.
Cabe anotar que este acuerdo rige a partir de su fecha de expedición (agosto 1 del 2014) e implica que el Consejo Académico no tramitará solicitudes de excepcionalidad a esta norma.
A continuación, resumimos las nuevas disposiciones del Acuerdo 20 del 2014 del Consejo Académico.
– El número de oportunidades para reprobar una o más actividades académicas se contará a partir del ingreso inicial del estudiante a la U. de Caldas, aunque haya utilizado cualquier modalidad de reingreso, incluido el reingreso por nueva admisión o incluso la reserva de cupo.
– Quien repruebe una actividad académica, deberá inscribirla y cursarla en el periodo académico inmediatamente siguiente, es decir, de manera continua.
– Quien curse por cuarta vez una sola actividad académica, no podrá inscribir más de 13 créditos académicos en el correspondiente período académico.
-Quien curse por cuarta vez más de una actividad académica, sólo podrá inscribir en el periodo académico correspondiente las actividades académicas que haya reprobado.
– El requisito para cursar por cuarta vez actividades académicas es acreditar inscripción al programa Permanencia con Calidad, mediante el Sistema de Información Académica (SIA). Permanencia con Calidad no genera créditos académicos, pero al final del periodo académico será reportado como programa “aprobado” o “no aprobado”.
– Quien curse por cuarta vez una o más actividades académicas, no podrá solicitar su cancelación, excepto cuando A) el estudiante demuestre incapacidad por encima del 25% de las horas presenciales programadas para la respectiva actividad académica o B) se demuestre embarazo de alto riesgo.
– Esta cancelación excepcional se podrá realizar únicamente antes de haber cursado el 50% del periodo académico y debe contar con A) el visto bueno del tutor del programa de permanencia con calidad y B) la aprobación del Director de Programa.
– Quien repruebe una misma actividad académica en cuatro oportunidades sólo podrá solicitar reingreso a la Universidad un año después, a través de cualquier modalidad de reingreso que no haya agotado en periodos anteriores, incluido el reingreso por nueva admisión.
– Un estudiante no podrá cursar de manera continua una actividad académica por quinta vez. Deberá someterse a la pérdida de la calidad de estudiante por un año y luego podrá solicitar el reingreso al que tenga derecho.
– Si una vez utilizado dicho reingreso, el estudiante pierde nuevamente la misma asignatura reprobada en cuatro ocasiones, perderá la calidad de estudiante y no podrá reingresar al mismo programa académico bajo ninguna circunstancia.
– Si al perder la misma actividad académica por cuarta vez, el estudiante ya ha agotado todas las opciones de reingreso, no podrá reingresar al mismo programa académico.
Acompañamiento especial a estudiantes
– Los directores del programa adoptarán medidas especiales de acompañamiento a los estudiantes, a partir del sistema de tutorías (política curricular), para prevenir cualquier efecto nocivo en el estudiante con ocasión a la aplicación de este Acuerdo.
Seguimiento a inscripciones de asignaturas
– Los directores de programa y la Oficina de Admisiones y Registro Académico llevarán un control del número de veces en que un estudiante inscriba y curse una misma asignatura.
– Este seguimiento se hará sin importar los distintos códigos que se hayan asignado al estudiante cuando haya hecho uso del reingreso por vía de nueva admisión, es decir, aunque se presente de nuevo a la universidad.
Cambios en el calendario de reingresos
El Consejo Académico U. de Caldas modificó en el Calendario Académico 2014 (consultar comunicado) las fechas para solicitar reingresos, inscribir materias como estudiante especial y para liquidación de recibos de pago de tesistas, todo esto en programas de pregrado presencial.
Estos procesos se podrán realizar desde el 28 de julio hasta el 13 de agosto del 2014.
Atención
Estudiantes que en el segundo semestre del 2014 van a cursar por cuarta vez una o más actividades académicas deben estar atentos al SIA para descargar su recibo de pago, puesto que se están realizando las adecuaciones para habilitarles de nuevo su cuenta de estudiante.
En todo caso, para la inscripción de estas asignaturas deberán acudir a las direcciones de programa, quienes realizarán manualmente el proceso.
Recuerde consultar el Acuerdo 20 del 2014 del Consejo Académico
Informes: Secretaría del Consejo Académico U. de Caldas, teléfono 8781500 extensión 11 111.
Redacción: Carlos Eduardo García
Jefe de Prensa U. de Caldas