El Consejo Superior firmó el acuerdo Nº 62, en el que se aprueba la participación como Representantes de Cuerpos Colegiados a los docentes ocasionales de la Universidad de Caldas.
Según el Acuerdo, la propuesta se aplica a docentes ocasionales de tiempo completo con las siguientes condiciones:
- Para el Consejo Superior y el Consejo Académico se requerirá que el docente ocasional tenga vinculación de tiempo completo y tengan clasificación mínima grado 2. Además, se requerirá que el docente ocasional tenga una vinculación continua de cinco años.
- Para los Consejos de Facultad se requerirá que el docente ocasional tenga una vinculación de tiempo completo, tenga clasificación mínima grado 1 y una vinculación continua de tres años.
Camilo Díaz Fajardo, representante docente ante Consejo Superior de la Universidad de Caldas, afirma que es un avance sindical dado que se le reconocen derechos políticos a los profesores ocasionales, aún cuando se les había negado siempre, además que es un avance supremamente positivo para el desarrollo democrático de la institución.
Se espera que en las próximas elecciones se pueda ver reflejada esta importante decisión.
Acuerdo Nº62: https://acortar.link/i2FU1Q