La Vicerrectoría Académica de la Universidad de Caldas modificó el artículo 1 del acuerdo Nro. 33, que habla de los plazos para la cancelación de las matrículas en los periodos académicos. Por consiguiente amplía el plazo para el pago de la misma hasta el siete de septiembre del año en curso.
Esta es la fecha límite establecida por el Ministerio de Educación Nacional para reportar oficialmente los estudiantes debidamente matriculados, con el fin de acceder a los recursos que la institución puede aspirar al demostrar la matricula real de cada semestre.
Consulte la circular y las ventajas de estar debidamente matriculado: Circular.