Consejo Superior U. de Caldas. Informe sesión diciembre 22 de 2017.

Consejo Superior

 

Universidad de Caldas

 

A la comunidad universitaria y en general

Comunicado N° 06 del 2017

Emisión: diciembre 22 del 2017.

 

ASUNTO: INFORME SESIÓN DICIEMBRE 22 DE 2017.

 

 

El Consejo Superior de la Universidad de Caldas informa a la Comunidad Universitaria lo transcurrido en la sesión del día de hoy.

 

Luego de amplios debates fueron aprobados los siguientes temas:

 

Presupuesto 2018

Aprobación del presupuesto de la Universidad de Caldas para la Vigencia Fiscal comprendida entre el 1 de Enero y el 31 de Diciembre de 2018, en la suma de ciento sesenta y un mil ochocientos cuarenta y ocho millones novecientos noventa mil quinientos cuarenta  pesos  $161.848.990.540.

 

Distribución de recursos CREE por valor  $4.476.875.217  con destino a los diferentes Planes de Fomento que la Universidad ha inscrito en el Ministerio de Educación Nacional en  Formación Doctoral,  Permanencia con Calidad, Infraestructura y Dotación Tecnológica.

 

Adición y traslado presupuestal por valor de $650.000.000 con el fin de atender requerimientos para el cierre de la vigencia

 

Modificación del artículo primero del Acuerdo 026 de 2008 en el sentido de distribuir el 20% de aporte al nivel central de la siguiente manera:  Funcionamiento (Servicios Personales – Gastos Generales): 12%; Bienestar Universitario: 6%;  Movilidad Internacional: 1%; producción editorial: 1%.

 

Aprobación de Ejecución presupuestal y Estados Financieros a Septiembre 30 de 2017.

 

Contratación de Profesores Ocasionales:

El Consejo Superior aprobó la propuesta de la administración  para la modificación del artículo sexto transitorio, adicionado al Acuerdo 09 de 2007, así:

 

Para la vigencia 2018 vincular hasta por once (11) meses  a docentes ocasionales de tiempo completo y medio tiempo, conforme a los siguientes términos:

 

Docentes Ocasionales de Tiempo Completo: Deberán dedicar mínimo de 640 horas de docencia directa en actividades académicas obligatorias y electivas de los programas presenciales, las cuales deberán ser distribuidas de la siguiente manera: 320 horas en el primer periodo académico y 320 horas en el segundo periodo académico.

 

Docentes Ocasionales de Medio Tiempo: Deberán dedicar mínimo 448 horas de docencia directa en actividades académicas obligatorias y electivas de los programas presenciales. Estás horas deberán distribuirse en 224 horas por periodo académico.

 

El tiempo restante deberá ser dedicado por los docentes ocasionales a actividades de investigación o proyección o complementarias, o académico administrativas (diferentes a dirección de programas y departamentos), de acuerdo con las prioridades del Departamento, entre las cuales podrán encontrarse las siguientes:

 

  1. Orientar actividades académicas intersemestrales.
  2. Participar en procesos de acreditación.
  3. Participar en procesos de formación docente.
  4. Ofertar diplomados y programas de educación continuada.
  5. Participar en proyectos de investigación y proyección.
  6. Producción académica: artículos científicos, obras de arte, producción de software.
  7. Desarrollo de eventos académicos
  8. Participación en actividades docente asistenciales.
  9. Desarrollo de Actividades puntuales definidas en el Plan de Acción de la Facultad.
  10. Tutorías en el programa de Permanencia con Calidad.

 

Las actividades mencionadas anteriormente deberán ser concertadas con el colectivo docente del respectivo Departamento y aprobadas por los Consejos de Facultad. Los Directores de Departamento determinarán los entregables que certifiquen el cumplimiento de los compromisos adquiridos por cada docente ocasional.

 

La definición de las actividades a desarrollar deben ser aprobadas para cada profesor ocasional en el Consejo de Facultad el mismo día en que se aprueba la labor académica, de tal manera que quede en el acta del consejo y se consigne en la labor académica del profesor.

 

Parágrafo 1: Para los profesores ocasionales que realizan actividades académico-administrativas en la dirección de programas y departamentos, el cálculo de la docencia directa se realizará sobre medio tiempo, pero en ningún caso podrá ser menor a 10 horas semanales de docencia directa.”  

 

Esta disposición suspenderá para la vigencia 2018 los efectos jurídicos del artículo 3° del Acuerdo 09 de 2007, modificado por el Acuerdo 02 de 2008.

 

La recuperación del tiempo de los docentes ocasionales que se vinculen por once meses durante el año 2018 se verá reflejada en su asignación académica, la cual será igual a la que corresponde normativamente más la debida en razón de la recuperación, sin que en ningún momento ello implique reconocimientos económicos adicionales ni el descuido de sus actividades complementarias.

 

Profesores Catedráticos:

Se aprobó el Acuerdo Nro. 44 de 2017 en el cual, principalmente, se define el concepto de hora-cátedra, se determina que la forma de vinculación de los profesores catedráticos de posgrado será igual a la de los profesores de pregrado y se realiza una compilación normativa en relación a todo lo concerniente a los procesos de selección, forma de vinculación y remuneración de los profesores catedráticos.

 

Estatuto General:

Como fue expresado en anteriores comunicados y cumpliendo con el cronograma establecido, en la sesión del día de hoy se dio discusión final, revisión, armonización y técnica jurídica del articulado pendiente a la propuesta de modificación al Estatuto General, trabajada durante varios años por los estamentos universitarios, siendo aprobado en su totalidad, después de un amplio debate durante varias sesiones.

 

Planta Temporal:

Se aprobó a la administración prorrogar la vigencia de los empleos de la planta temporal creados en la Universidad de Caldas mediante el Acuerdo 038 de 2015 hasta el día 30 de junio de 2018.

 

Convocatoria y cronograma elección Rector:

Se aprobó el Proyecto de Acuerdo por el cual se convoca para la designación de Rector de la Universidad de Caldas, periodo 2018-2022, y se fijó el cronograma.

 

El primero de febrero se realizará la convocatoria; los candidatos podrán inscribirse entre el dos y el quince de marzo; el veintisesis de marzo se darán a conocer los aspirantes que cumplen requisitos; del cinco al veintisesis de abril se realizarán los foros; el veinticinco de abril será la consulta virtual y el tres de mayo iniciará la sesión permanente del Consejo Superior para la elección del Rector.

 

Entre otros temas.

 

Con atención,

 

CONSEJO SUPERIOR

Universidad de Caldas

 

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