SE APROBÓ POR UNANIMIDAD REFORMA A DOS ARTÍCULOS DEL ESTATUTO GENERAL
Consejo Superior U. de Caldas logra consenso en torno a normas para designación de rector
Redacción: Carlos Eduardo García
Jefe de Prensa U. de Caldas
Por unanimidad, el Consejo Superior de la Universidad de Caldas reformó los artículos 20 y 27 del Estatuto General de la Institución, en los que se estipulan detalles del proceso de designación de rector. La decisión se tomó en la sesión de ayer lunes 28 de octubre del 2013, en la Gobernación de Caldas.
“Estuvimos completamente de acuerdo con un esquema de consulta que no es elección, pero que le da un peso específico importante a la opinión de los estamentos estudiantil, profesoral y de egresados”, expresó el Presidente del Consejo Superior de la U. de Caldas, Jorge Alberto Jaramillo Vargas.
Definición de candidatos
En lo relacionado con el artículo 20, respecto a la ponderación de la consulta en los estamentos profesoral estudiantil y de egresados, para definir los candidatos a la rectoría de la U. de Caldas, se estableció que llegarán a consideración del Consejo Superior los dos ganadores en cada uno de los tres estamentos (seis candidatos).
Además, que en cualquier caso nunca llegarán menos de tres o más de seis candidatos para que el Consejo Superior designe entre ellos al nuevo rector(a).
Requisitos para aspirar a la rectoría
Con relación al artículo 27, se reestableció el requisito de ser ciudadano colombiano y se mantuvo la exigencia de una competencia lectura en segunda lengua, la cual debe ser acreditada ante la Secretaría General de la U. de Caldas.
Jaramillo Vargas espera que sea bien recibida esta reforma, “para continuar con la agenda y sacar adelante el semestre académico y evitar más pérdidas para todos los miembros de la comunidad”.
“La invitación es a la normalidad, a lo que vinimos, a estudiar, a enseñar, a progresar”, puntualizó el presidente de la corporación.
Informes: Oficina de Prensa, correo electrónico ofiprensa@ucaldas.edu.co y jefe.prensa@ucaldas.edu.co