UNIVERSIDAD DE CALDAS
CONSEJO SUPERIOR
CIRCULAR 01-2015
A CONSEJOS DE FACULTAD DE LA UNIVERSIDAD DE CALDAS
ASUNTO: AJUSTES DE LABOR ACADÉMICA DE DOCENTES OCASIONALES
Emisión: febrero 3 del 2015, 4:00 p.m.
En sesión del 2 de febrero de 2015, el Consejo Superior de la Universidad de Caldas ratificó la decisión de vinculación de los docentes ocasionales hasta por 11 meses y acoger la recomendación propuesta por el Consejo Académico, definiendo una dedicación de mínimo 640 horas de docencia directa para docentes ocasionales de tiempo completo y 448 horas de docencia directa para docentes ocasionales de medio tiempo.
El tiempo restante deberá ser dedicado por los docentes ocasionales a actividades de investigación, proyección, complementarias o académico administrativas, de acuerdo con las prioridades del respectivo departamento.
En virtud de las decisiones anteriores, se recomienda a los Consejos de Facultad que tengan en cuenta lo dispuesto en el Acuerdo 02 de 2015 para realizar los ajustes respectivos a la labor académica de los docentes ocasionales de tiempo completo y medio tiempo.
Atentamente,
ADRIANA LUCÍA DÍAZ VELOZA
Secretaria General
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